Acuerdo que encomienda el procesamiento de datos personales
Versión: 1.0
Válido desde: 30 de julio de 2026
Este Acuerdo, en adelante denominado "DPA", se celebra entre:
- la organización indicada en la cuenta de Sentivaro, en adelante denominada el "Administrador", y
- Dawid Balcer, dirige el proyecto Sentivaro como persona física sin actividad empresarial, dirección de correspondencia: ul. Jana Brzechwy 8, 60-195 Poznań, correo electrónico: contact@sentivaro.com, en lo sucesivo denominado el "Procesador".
La DPA es parte del acuerdo para utilizar Sentivaro.
1. Asunto y hora
- El Administrador confía al Procesador datos personales en la medida necesaria para configurar, implementar, medir y liquidar campañas autorizadas de concientización sobre ciberseguridad y proporcionar materiales educativos relacionados.
- El procesamiento dura desde la primera transferencia de datos hasta su eliminación o devolución después de utilizar el Servicio, teniendo en cuenta el período de sobrescritura de la copia de seguridad.
- Una Campaña detallada constituye las instrucciones documentadas del Administrador con respecto a su configuración, destinatarios, eventos y retención.
2. Naturaleza y finalidad de la operación
Las operaciones pueden incluir:
- aceptación o importación;
- ordenar y asignar a la Campaña;
- almacenamiento;
- generar y enviar un mensaje controlado;
- registro de eventos configurados;
- seudonimización y agregación;
- presentación de resultados a usuarios autorizados;
- exportar a petición del Administrador;
- suministro de material educativo;
- revisión;
- límite;
- eliminación.
El único propósito es implementar el programa de concientización sobre ciberseguridad autorizado por el Administrador.
3. Personas y datos
- Categorías de personas:
- empleados y asociados del Administrador;
- otras personas cubiertas por el programa legal y autorizado del Administrador, previo acuerdo.
- Categorías de datos:
- nombre y apellido;
- dirección de correo electrónico del trabajo;
- departamento, equipo, unidad organizativa o categoría de formación;
- identificación interna del participante;
- el hecho de entregar, abrir, hacer clic, informar y completar la actividad de aprendizaje, según la configuración;
- datos de corrección de resultados;
- datos técnicos limitados, si es necesario.
- El Administrador no podrá transferir sin consentimiento previo por escrito:
- categorías especiales de datos según el art. 9 RGPD;
- datos del art. 10 RGPD;
- contraseñas reales, códigos MFA o credenciales;
- datos financieros, números de documentos o identificadores nacionales;
- direcciones de correo electrónico privadas;
- contenido de la correspondencia privada.
4. Comandos de administrador
- La entidad procesadora procesa datos únicamente siguiendo instrucciones documentadas del Administrador, a menos que la obligación de procesar resulte de la ley de la UE o de la ley polaca.
- La configuración de campaña y las acciones de un usuario autorizado en el panel constituyen comandos si cumplen con la DPA, Normas y Política de Uso Aceptable.
- El Procesador informará inmediatamente al Administrador si, en su opinión, el pedido viola el RGPD u otras disposiciones de protección de datos. Podrá suspender la ejecución de la orden hasta que se aclare.
- La Entidad Procesadora no utiliza Datos de Campaña para publicidad, evaluación de sus propios empleados, intercambio de datos o capacitación de modelos de inteligencia artificial.
5. Obligaciones del Administrador
Administrador:
- garantiza la legalidad de la transferencia y el procesamiento de datos;
- establece la base jurídica;
- cumple con las obligaciones de información;
- realiza pruebas de equilibrio y DPIA si es necesario;
- garantiza el cumplimiento de la legislación laboral y los reglamentos internos;
- limita los datos al mínimo;
- otorga a los usuarios los permisos adecuados;
- verifica los resultados antes de usarlos contra una persona específica;
- no utiliza el resultado como única base para decisiones automáticas de personal;
- proporciona al Procesador únicamente instrucciones legales.
6. Confidencialidad
- Sólo tienen acceso a los datos las personas que actúan bajo la autorización del Encargado y para quienes el acceso es necesario.
- Estas personas están obligadas a guardar confidencialidad por contrato o ley.
- La obligación de confidencialidad se aplica también una vez finalizada la cooperación.
7. Seguridad
- El encargado del tratamiento aplicará medidas adecuadas al riesgo de conformidad con el artículo. 32 RGPD.
- Las medidas incluirán, según corresponda a la arquitectura actual:
- cifrado de transmisión;
- hash seguro de contraseñas;
- control de roles;
- separación de datos de la Organización;
- fichas con aleatoriedad y período de validez adecuados;
- registrar actividades administrativas;
- copias de seguridad y pruebas de reconstrucción;
- proceso de actualización y eliminación de vulnerabilidades;
- limitación de la retención;
- procedimiento de respuesta a incidentes;
- protección del acceso administrativo;
- revisión periódica de las medidas.
- La descripción actual de las medidas podrá ponerse a disposición del Administrador sin información cuya divulgación aumentaría el riesgo de seguridad.
8. Subprocesadores
- El Administrador otorga consentimiento general por escrito para el uso de otras entidades enumeradas en la página `/subprocesadores`.
- El Procesador informará al Administrador sobre el cambio previsto con al menos 14 días de antelación, a menos que sea necesario un cambio urgente para eliminar la amenaza.
- El administrador podrá oponerse justificadamente a la protección de datos dentro de este plazo.
- Si el motivo de la objeción no puede eliminarse razonablemente, el Administrador podrá rescindir el uso de la parte del Servicio que requiere un determinado proveedor.
- El encargado impone al subencargado obligaciones de protección de datos correspondientes a las obligaciones previstas en este DPA y es responsable del cumplimiento de sus obligaciones de conformidad con el art. 28 RGPD.
9. Transferencias
- Los Datos de Campaña se procesan en el EEE, a menos que la lista de subprocesadores indique expresamente lo contrario.
- La transferencia fuera del EEE solo podrá realizarse mediante orden documentada del Administrador o utilizando un mecanismo permitido por el RGPD.
- Si se requieren cláusulas contractuales tipo, evaluación de transferencias o medidas complementarias, el Encargado proporcionará al Responsable la información disponible necesaria para evaluarlas.
10. Derechos de las personas
- El Encargado, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento, ayuda al Responsable a ejercer los derechos de las personas utilizando los medios técnicos y organizativos disponibles.
- Si el Participante presenta una solicitud directamente al Procesador, la enviará al Administrador sin demora indebida y no responderá sustancialmente sin sus instrucciones, a menos que lo exija la ley.
- El administrador es responsable de verificar la persona y la respuesta oportuna.
11. Asistencia para el cumplimiento
El Procesador, teniendo en cuenta la naturaleza del procesamiento y la información disponible, ayuda al Responsable en las siguientes áreas:
- seguridad;
- Evaluación de riesgos;
- denunciar infracciones;
- notificar a la gente;
- EIPD;
- consulta con la autoridad supervisora;
- demostrar la eliminación de datos.
La asistencia no incluye emitir opinión legal ni asumir la responsabilidad del Administrador.
12. Violaciones de datos
- El Procesador notificará al Administrador sobre una violación de los Datos de la Campaña sin demora indebida después de su descubrimiento.
- Cuando esté disponible, el aviso incluirá:
- la naturaleza de la infracción;
- categorías y número aproximado de personas;
- categorías y número aproximado de registros;
- posibles consecuencias;
- medidas adoptadas o propuestas;
- punto de contacto;
- hora de detección y periodo de tiempo conocido del evento.
- La transmisión de información podrá realizarse por etapas.
- La notificación no constituye una admisión de responsabilidad.
- El administrador decide informar a la autoridad y notificar a las personas.
13. Eliminación y devolución
- El Administrador puede eliminar Datos de Campaña en el panel o emitir una orden de eliminación.
- Una vez finalizado el servicio, el Procesador, a discreción del Administrador, elimina o devuelve los Datos de campaña activos, a menos que la ley exija su almacenamiento.
- Los datos que permanecen temporalmente en las copias de seguridad rotativas se aíslan del uso ordinario y se eliminan cuando la copia de seguridad correspondiente se sobrescribe en el ciclo de copia de seguridad técnica.
- Los datos agregados sólo podrán conservarse cuando ya no sea posible identificar razonablemente a una persona.
14. Auditorías
- El encargado del tratamiento facilitará la información necesaria para demostrar el cumplimiento del art. 28 RGPD.
- El administrador podrá realizar una auditoría no más de una vez al año, salvo que se haya producido una infracción o la autoridad requiera un control adicional.
- La auditoría debería:
- ser anunciado con al menos 14 días de antelación;
- tener lugar en horarios acordados;
- no violar la seguridad de otras Organizaciones;
- utilizar primero documentos y respuestas remotos;
- ser realizado por personas obligadas a guardar confidencialidad.
- El administrador corre con sus propios gastos de auditoría. El Procesador no cobra una tarifa por asistencia razonable según el modelo de Servicio gratuito, pero puede rechazar acciones excesivas o proponer un medio alternativo acordado para demostrar el cumplimiento.
15. Responsabilidad y prioridad
- La responsabilidad de las partes resulta del RGPD, la ley aplicable y el Reglamento.
- En caso de conflicto entre la DPA y el Reglamento en materia de protección de Datos de Campaña, prevalecerá la DPA.
- Cuando se apliquen cláusulas contractuales tipo y entren en conflicto con la DPA, prevalecerán dichas cláusulas.
16. Finalizando
El DPA se aplica mientras el Procesador procese los Datos de la campaña en nombre del Responsable.